(Fuente: las2orillas.co)
Por: Lorena Garzón Godoy[1]
El primero de junio se cumplieron los primeros seis meses de implementación de los acuerdos de paz firmados entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC-EP, según lo pactado a los 180 días debía culminarse el proceso de dejación de armas, dando fin a las denominadas “zonas veredales transitorias de normalización” (Mesa de Conversaciones entre el gobierno de Colombia y las Farc EP, 2016). Paralelamente, se preveía que para ese momento los instrumentos jurídicos necesarios para llevar a cabo la implementación de los otros puntos del acuerdo estuvieran aprobados, en particular lo referente al sistema integral de verdad, justicia y reparación. Sin embargo, la materialización de lo acordado ha encontrado diversos obstáculos que se tradujeron en la prolongación de los cronogramas inicialmente establecidos. Allende el cumplimiento- o no- de las fechas es pertinente analizar los aprendizajes que, hasta el momento, surgen de la implementación de los acuerdos de paz en clave de un proceso de construcción de gobernabilidad y democracia.
Uno de los principales puntos críticos de la implementación concierne a la legitimación y apropiaciones del proceso de paz tras los resultados adversos del plebiscito del 2 de octubre de 2016. La imposibilidad de legitimar políticamente el acuerdo mediante la aprobación por sufragio universal directo llevó el proceso de implementación a una encrucijada política. En términos generales, los procesos de construcción de paz- al menos en su fase inicial de dejación de armas y reincorporación a la sociedad de los excombatientes- suponen un relativo consenso político entre distintos sectores sobre la pertinencia de la negociación.
Ante el fracaso en las urnas, el consenso necesario ha tenido que forjarse a través de la institucionalización progresiva de los distintos puntos negociados. El rol de los diferentes poderes públicos constituye una forma de legitimación legal-racional del proceso de paz, en esta medida, tanto la extensión de algunos de los debates en el Congreso (pese al procedimiento conocido como el fast track) como las fallos favorables y desfavorables de la Corte Constitucional han ralentizado el proceso de implementación, pero a su vez, terminan legitimándolo.
No obstante, cabe resaltar que, en este primer nivel de la implementación, a las discusiones sobre cada dispositivo subyace una controversia en ciernes sobre la definición y reconocimiento de la naturaleza del conflicto armado. Recordemos que el Estado colombiano reconoce oficialmente la existencia del conflicto armado, por primera vez, en 2011 con la promulgación de la Ley 1448: De Víctimas y Restitución de Tierras. La aceptación jurídica de la existencia en Colombia de un conflicto generador de múltiples violaciones a los derechos humanos objeto de reparación por parte los actores del conflicto y el Estado suscita aún una profunda controversia política que se ha reproducido tanto en las elecciones nacionales de los últimos años como en los debates entre la oposición al proceso de paz y sus defensores. Se trata, entonces, de una lucha simbólica de definición, de memorias, que presumiblemente tiende a exacerbarse a medida que sean puestas en marcha de las principales instituciones previstas en el Sistema Integral de Justicia, Verdad, Reparación y No Repetición, a saber: la Justicia Especial para la Paz (JEP), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y la Unidad especial de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el Contexto del Conflicto.
Las tres instituciones, desde distintos ámbitos, se convierten en espacios de reproducción y negociación de significados por parte de s actores que tratan de “proyectar su versión de lo ocurrido en el pasado sobre los debates contemporáneos, así como [caracterizar] ese pasado de tal manera que sirva sus propósitos de cara al futuro” (Hershberg & Aguero, 2005:6). En este sentido, la legitimación e institucionalización de los acuerdos de paz supone una redefinición del conflicto armado al que se le intenta poner fin, la cual tiene implicaciones sobre las identidades y estrategias de actores políticos y sociales concretos. En efecto, decidir si existió- o no- el conflicto armado, cuáles fueron sus actores e implicaciones implica poner en tela de juicio muchas de las representaciones esenciales a la cultura política colombiana.
Estas tensiones se revelan de forma nitida al considerar el nivel territorial de implementación de los Acuerdos. La disminución de las inequidades sociales geográficamente situadas son uno de los pilares del proceso de construcción de paz en Colombia, los territorios del conflicto constituyen, dentro de esta lógica, el espacio privilegiado de la implementación de políticas públicas derivadas de los diálogos de paz. La implementación en el nivel territorial supone, por una parte, ampliar las capacidades de gobernabilidad del Estado. Por otra, necesita de la consolidación de complejos consensos con los distintos actores presentes en los territorios que permitan crear efectivos mecanismos de gobernanza, sobre todo si tenemos en cuenta que la mayoría de dispositivos previstos para la transformación rural, la profundización de la participación política, la sustitución de cultivos ilicítos, la reparación de las víctimas, entre otros, se erigen sobre la consagración de mecanismos participativos inspirados en los discursos del empoderamiento democrático de las comunidades.
Los meses trascurridos desde la firma de los Acuerdos y su ratificación el Congreso de la República en diciembre de 2016 han demostrado la dificultad de gestionar políticas públicas para y desde los territorios periféricos. Buen ejemplo de ello ha sido las dificultades para la construcción de la infraestructura de las Zonas Veredales de Transición y Normalización. La llegada de los excombatientes junto a la “Misión de Monitoreo y Verificación” mostró las carencias de vías de comunicación y servicios básicos en la zona rural de 26 municipios dispersos en el país.
Algo similar ha ocurrido con los intentos de concertar los Planes de Sustitución de Cultivos Ilícios con las comunidades productoras. Si bien ante las expectativas del acuerdo ha aumentado la organización de los campesinos en asociaciones que puedan establecer acuerdos con el gobierno, la desconfianza hace que la sustitución no haya iniciado. Las garantías de seguridad no son suficientes, incluso en las zonas más intervenidas por agencias internacionales y gubernamentales como el municipio de Briceño-Antioquia donde se desarrollan los pilotos de desminado y sustición de cultivos, la producción de coca persiste: lo que cambió fue el comprador. Por su parte, los actores oficiales allí presentes lo permiten tácitamente porque, hasta el momento, es la única fuente de susbsistencia de la comunidad, ya que aún no han comenzado los procesos de construcción de vías y aval de proyectos económicos que permitan prever una relativa efectividad de nuevas fuentes productivas (Avendaño, 2016). El ejemplo de la sustitución muestra la dificultad de ajustar las expectativas de las comunidades en dispositivos participativos que logren responder a las temporalidades y niveles de necesidad de los distintos actores implicados.
El choque entre un modo de gestión de los territorios periféricos que sigue siendo bastante vertical (pese a la descentralización) y las expectativas de comunidades que reclaman tanto seguridad como la posibilidad de acceder efectivamente a los derechos fundamentales ha demostrado la complejidad de la consolidación de paz después de la dejación de armas. Los primeros seis meses del posacuerdo han vuelto a traer a la palestra los elementos que históricamente han trascendido los procesos de dejación de armas, los cuales se pueden resumir en que la construcción de paz es ante todo un reto de construcción de Estado y ciudadanía a asumir.
Bibliografía
Avendaño, M. L. (17 de julio de 2016). La desconfianza frente a la sustitución de cultivos ilicitos . El Espectador.
Hershberg, E., & Aguero, F. (2005). Memoria militares sobre la represión en el Cono Sur: visiones en disputa en dictadura y democracia. Buenos Aires : SIglo XXI editores.
Mesa de Conversaciones entre el gobierno de Colombia y las Farc EP. (2016). Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. Bogotá: Imprenta Nacional.
[1] Candidata a doctora en Ciencia Política de la Universidad Paris X Nanterre-La Défense. Magister en
Relaciones Internacionales de la Universidad Paris I Panthéon-Sorbonne. Profesora de la Facultad de
Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Santo Tomás