Estados Unidos es uno de los pocos países del mundo en el cual todavía se encuentra aprobado el porte de armas para particulares; es imperante tener en cuenta que este derecho se encuentra inmerso en la segunda enmienda de la Constitución Nacional  “Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado Libre, no se violará el derecho del pueblo a poseer y portar armas. (Constitution Facts, 1791). Leer más ...

 

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(Fuente: Semana)

Luis Alfredo Rodríguez Valero[1]

El presente texto es una continuación del análisis crítico del fenómeno de los cultivos ilícitos y de las medidas acordadas (y en ejecución) que se derivan del Acuerdo FARC – Gobierno. En su momento la política pública producto del acuerdo fue considerada maniquea por quien suscribe estas líneas, y se invitó a una revisión del concepto de territorialidad en el diseño de las políticas públicas de CONPES anteriores.

Estos instrumentos de política pública habían desarrollado esta idea, la cual comparte y se relaciona con avances teóricos como el concepto de vigilancia desarrollada por Ostrom en algunos de sus principales trabajos que describen la estructura de situación e institucionalidad que sirven como incentivos para la toma de decisiones por parte de las personas.

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